PRINCIPIOS ETICOS GENERALES
Los socios de ASALFA deben promover la prevención, la recuperación, el bienestar y la calidad de vida de las personas. Como así también, bregar por el respeto, la dignidad y el valor de las mismas, preservando y protegiendo los derechos fundamentales.
A tal fin, deben respetar diferencias tales como: la edad, la discapacidad, la pertenencia a determinado grupo étnico, el género, el origen nacional, la raza, la religión y la clase social.
En cualquiera de sus funciones, deben bregar por ser honestos, íntegros y respetuosos de los otros.
Los socios de ASALFA deben ser sensibles a la manera en que sus acciones puedan afectar a las personas, a los grupos y a las sociedades, debiendo observar acciones posibles a los fines de evitar consecuencias que puedan ser perjudiciales para otros.
En sus ámbitos de competencia, los fonoaudiólogos deben tender a su formación y entrenamiento, a mantenerse actualizados e informados de la literatura pertinente y de las cuestiones éticas. Examinar sus valores personales, ya que éstos pueden influir en su conducta profesional, reconocer las limitaciones y los cambios de su competencia profesional que podrían afectar adversamente a otros, tomar las medidas apropiadas cuando no estén seguros acerca de una decisión ética, consultar con otros profesionales y ayudar a aquellos que enfrenten dilemas similares.
Los fonoaudiólogos deben aspirar a los más elevados ideales de comportamiento ético descriptos en estos Principios:
– Respeto por los derechos y la dignidad de las personas.
– Promoción del bienestar de otros.
– Responsabilidad social.
– Integridad.
– Competencia.
– Responsabilidad profesional.
CAPITULO I. DEBERES Y DERECHOS
De las acciones del fonoaudiólogo expresadas como obligaciones de hacer y de no hacer, considerándose falta a la ética toda trasgresión a una obligación de hacer o el estar incurso en una obligación de no hacer
- Guardar el secreto profesional.
- Ajustar su desempeño dentro de los límites de su incumbencia, interactuando con los demás profesionales de la salud, educación, etc., cuando la patología del paciente así lo demande.
- Efectuar el tratamiento de las patologías vocales, teniendo como requisito indispensable en esta área el diagnóstico previo y el control periódico del estado laríngeo por parte del profesional médico.
- Contar con el estudio clínico otológico como requisito previo e indispensable a la aplicación de evaluaciones audiológicas.
- Realizar las interconsultas necesarias con los restantes profesionales de la salud, educación, etc., a fin de que el paciente reciba la atención integral que su problemática requiere, cuando el motivo sea un síndrome o entidad que exceda su incumbencia específica.
- Dar por terminada la relación de consulta o tratamiento cuando no resultase beneficiosa para el paciente.
- Tener para con otros fonoaudiólogos el respeto y la solidaridad que reflejen la armonía profesional.
- Colaborar con sus colegas y prestarles servicios profesionales si lo solicitaren.
- Divulgar entre sus colegas su conocimiento clínico y experiencia profesional.
- No atender al paciente que esté siendo atendido por otro colega, salvo en las siguientes situaciones:
– Por pedido de ese colega.
– Por pedido de ese colega. - No emitir juicios despreciativos sobre el ejercicio de la profesión, salvo en el caso de las comunicaciones de irregularidades transmitidas al órgano competente.
- No delegar funciones propias de su profesión en personas carentes de título profesional correspondiente.
- No efectuar prácticas diagnósticas o terapéuticas que sean de exclusiva competencia de otros profesionales de la salud.
- No prescribir medicación.
- No aplicar terapéuticas que no se ajusten a principios científicos o que estén prohibidos por la legislación.
- No falsear documentación.
- No usurpar títulos y honores.
- No ser autor o partícipe de la comisión de un delito doloso en el ejercicio profesional.
- Los socios miembros de la C.D. de ASALFA en cualquier actividad que representen a la institución, no deben hacerlo a nivel personal sino institucional.
- Ningún miembro de la C.D. podrá o deberá integrar otras organizaciones que se contrapongan a los objetivos de la sociedad a la que pertenece o representa.
- Ningún integrante de la C.D. puede utilizar material o documentación pertinente a la institución, sin previa autorización de aquella, para beneficio propio o de otras instituciones.
- La C.D. de ASALFA podrá sancionar a todo socio miembro de la C.D. o socio titular o adherente, que se aleje de las normas mencionadas con anterioridad.
CAPITULO II
El Comité de Ética tiene su sede en ASALFA, calle Córdoba 1530, 6º “19”, (C1055AAS) Ciudad Autónoma de Buenos Aires, teléfono: 4811-2851.
Toda trasgresión al Código de Ética debe formularse por escrito y acompañarse de la documentación necesaria.
COMITE DE ETICA
El Comité brinda un servicio a la comunidad fonoaudiológica, a fin de intervenir de oficio o a pedido de un socio de ASALFA; asesorando, creando conciencia y de ser posible, normatizando en todo lo relativo a la ética, en los aspectos relacionados con la asistencia, prevención, rehabilitación y publicaciones.
El mismo se da en forma gratuita a los socios interesados en realizar consultas o pedidos de intervención, que deberán remitir por nota a ASALFA – Comité de Ética – sus inquietudes y/o consultas a fin de que el mismo se expida a la brevedad.
La existencia humana lleva siempre una impronta moral. El supuesto de la libertad es el que habilita a pensarnos como seres que pueden conferir valor moral a sus acciones y responder con su compromiso ante ellas. Pero no basta recordar nuestra condición de personas para caracterizar la moralidad, ya que toda acción humana de consecuencia social conlleva una ética, es decir, normas. El fin de la ética es facilitar el recto actuar de la persona, delimitando la bondad o la maldad de los actos. La ética no es una ciencia positiva, no describe los actos humanos como son, sino como deben ser, por eso es una ciencia normativa. Los tres grandes principios destinados al recto obrar humano, según la premisa ética de la recta razón son: haz el bien y evita el mal; no hagas a otro lo que no desees te hagan y haz a los demás lo que desees hagan contigo.
Sin ingresar en las diferentes respuestas que la filosofía ha dado a lo largo de su historia acerca del origen y fundamento de estas normas, conviene subrayar que la norma como tal aparece por la presencia de otro ser humano. Esta presencia del otro o mejor dicho del Tú, se hace patente en lo que se conoce como ética profesional o deontología, disciplina que se ocupa del compromiso que adquiere la persona de respetar a sus semejantes en el trato de la profesión que ejerce.
La acción profesional no solamente debe procurar el sustento del que la realiza sino propender a la conservación de los elementos fundamentales de la comunidad a la cual se debe. Solamente a partir de este compromiso es posible abrigar las expectativas mutuas que generen confianza en las relaciones humanas y laborales del propio profesional. Por esta razón ASALFA pone a disposición un Código de Ética dirigido a todos los Miembros de su comunidad con las normativas orientadas a las situaciones que pudieren presentarse.
La Comisión de Ética no sólo intervendrá de oficio o ante pedido en los aspectos éticos de prácticas, tratamientos, prestaciones, publicaciones, sino también creará conciencia ética a través de sus dictámenes así como de la función educativa que tiene asignada.
Integración de la Comisión de Ética:
- Estará integrada por cuatro miembros titulares de ASALFA, elegidos en el mismo acto eleccionario que la Comisión Directiva.
- Uno de sus miembros se desempeñará como coordinador de dicha Comisión de Ética.
- El mismo será designado por simple mayoría de sus miembros.
- Los miembros de la Comisión de Ética permanecerán en sus funciones igual tiempo que la Comisión Directiva a la que pertenecen.
Sesiones:
- La Comisión de Ética sesionará en forma periódica en las fechas que se designen en común entre sus miembros.
- La Comisión de Ética se reunirá con la Presidenta de ASALFA y/o con la Comisión Directiva en las oportunidades que así se dispongan.
- Ante situaciones de urgencia podrá convocarse a sesiones extraordinarias. Sus miembros conocerán con anticipación la fecha a llevarse a cabo y el temario a tratar.
- Las sesiones se documentarán en un libro de Actas exclusivo de esta Comisión.
Confidencialidad:
Los miembros de esta Comisión guardarán estricta reserva acerca de las cuestiones que se debatan en su seno, debiendo considerar confidenciales a los asuntos que allí se traten.
Competencia:
La Comisión de Ética tiene competencia toda vez que su accionar sea solicitado por un socio titular a través de la Comisión Directiva de ASALFA. La presentación deberá ser hecha en forma escrita, firmada y detallando explícitamente la demanda. La Comisión se abocará a estudiar el caso y a solicitar intervención de otros profesionales, si el mismo así lo requiere. La Comisión de Ética podrá emitir sugerencias, opiniones, consejos y dictámenes, siempre en forma escrita y con carácter de confidencialidad. Las fundamentaciones surgidas del análisis del caso serán presentadas a la Comisión Directiva para su devolución. La Comisión está capacitada para decidir si una cuestión sometida a su consideración le corresponde ser tratada o no.
Dictámenes:
Todas las opiniones o recomendaciones que emita la Comisión en forma de dictamen, serán aprobadas con el voto de la simple mayoría de sus miembros. Cualquiera de los miembros de la Comisión podrá inhibirse de intervenir en las deliberaciones y/o en las votaciones cuando considere que se encuentra involucrado en la cuestión a tratarse o por la existencia de un conflicto de intereses. En dictámenes que conlleven a una sanción, la misma podrá ser de carácter transitorio o definitivo y estará relacionada al ámbito de actividades de ASALFA. Podrá ser desde una nota con carácter de apercibimiento de orden “ético moral”, a la prohibición de publicación en Fonoaudiológica, la asistencia y/o participación en reuniones científicas o cursos de la entidad y podrán emitirse otras sanciones que se determinarán teniendo en cuenta la gravedad y/o reiteración de las infracciones. Estas podrán llegar a la baja como socio de la Institución.
Función educativa:
Una de las funciones de esta Comisión es crear conciencia ética en los profesionales de la salud ligados a ASALFA, a través de su accionar:
- Dirigido a todos los socios: cursos, charlas informales, seminarios, publicidad interna de los dictámenes en aquellos casos en que se considere conveniente.
- Dirigido a los profesionales de la salud: invitándolos a concurrir a la asociación como así también concurriendo a las Instituciones que alberguen para desarrollar cursos, charlas, entrevistas de concientización de la ética profesional.
COMISION DE ETICA